Los Derechos Sexuales y Reproductivos También son Objeto de Violencia Patriarcal

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Cuerpo, sexualidad y reproducción son ámbitos de derechos

Los Derechos Humanos son indivisibles, universales e interdependientes. Todas las mujeres y hombres tienen derecho a que se les reconozca el goce de los mismos, sin mediar ningún tipo de discriminación.

La violencia contra la mujer, en sus distintas expresiones, trasgrede este reconocimiento y pasa por encima de la Declaración Universal de Derechos Humanos, aprobada hace más de 50 años, la que ha constituido un código ético para nuestras sociedades e instituciones, al igual que otra serie de tratados y convenciones aprobados en el mismo espíritu.

No obstante, la sociedad en su conjunto necesita comprender que la violencia sexista está entronizada en distintos ámbitos y se expresa ya sea explícitamente, con golpes y abusos contra las mujeres, pero también veladamente, todo lo cual contribuye a su invisibilización. De hecho la discriminación en base al género es una forma de violencia.

No son sólo los golpes. La coacción en el ejercicio y goce de los Derechos Sexuales y Reproductivos también es una forma de violencia. La penalización del derecho al aborto, el respeto a la maternidad libre y voluntaria, la negación de la sexualidad en las mujeres de la tercera edad, son formas de violencia contra nuestros derechos sexuales y reproductivos, que afectan nuestra salud y calidad de vida.

A continuación algunas de las expresiones de violencia machista relacionadas con los derechos sexuales y reproductivos que persisten en nuestras sociedades, las que deben ser erradicadas, denunciadas y castigadas severamente:

  • Abortos forzados
  • Abortos selectivos de fetos femeninos, infanticidio de niñas
  • Abuso sexual de niñas y adolescentes
  • Negación del derecho al aborto o penalización de éste.
  • Acoso u hostigamiento sexual
  • Coerción para el uso de anticonceptivos (incluyendo esterilizaciones forzadas, dificultad para la remoción de ciertos métodos, etc.)
  • Coerción para la participación de pruebas clínicas
  • Crímenes por honor
  • Discriminación contra adolescentes embarazadas en el sistema escolar y de salud
  • Discriminación contra mujeres lesbianas en el sistema escolar, de salud y en el ámbito laboral
  • Discriminación laboral por maternidad (como la exigencia de test de embarazo para optar a trabajos o despidos por embarazo, negativa de conceder licencias maternales)
  • Discriminación salarial o contratos injustos que dificultan el goce de la maternidad
  • Incesto
  • Irrespeto al consentimiento informado
  • Lesbofobia
  • Maltrato en los servicios de salud
  • Maltrato físico y psicológico a mujeres mayores
  • Maltrato y encarcelamiento de mujeres internadas por complicaciones del aborto y/o negativa en proveerles atención
  • Maternidad forzada
  • Matrimonios tempranos y forzados
  • Menor atención a hijas mujeres desde la infancia  (incluyendo nutrición de peor calidad y demora en la búsqueda de atención médica, menos posibilidades de educación, limitados estímulos para su desarrollo, etc.)
  • Mutilación genital femenina
  • Negativa de proveer servicios de salud sexual y reproductiva a adolescentes, a mujeres solteras, o a lesbianas
  • Preferencia por los hijos varones
  • Tráfico y explotación sexual
  • Violación sexual
  • Violación sexual en tiempo de guerra
  • Violencia doméstica
  • Violencia económica
  • Violencia en los medios de comunicación (sexismo, lenguaje ofensivo, expresiones estereotipadas, todo lo cual favorece conductas violentas contra las mujeres)
  • Violencia institucional o perpetrada por el Estado (represión, tortura, sexualización de las mujeres a manos de fuerzas de seguridad o militares, violencia contra mujeres encarceladas, etc.)
  • Violencia psicológica
  • Violencia relacionada con la dote
  • Violencia simbólica, ejercida a través de leyes que humillan o degradan a las mujeres o que las muestran en una posición subordinada (por ejemplo, cuando los violadores o abusadores sexuales pueden quedar exentos de pena casándose u ofreciendo casarse con la mujer violada, abusada, estuprada o raptada), etc.

Cuando la Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por su sigla en inglés) fue aprobada en 1979, se dio uno de los primeros pasos en el reconocimiento de esta realidad, pese a que su contenido no se refiere explícitamente a la violencia. Sin embargo, puso en el papel la existencia de distintas discriminaciones que afectan a la población femenina, y logró que cientos de países la ratificaran, lo que implica que los gobiernos deben presentar regularmente informes sobre el cumplimiento de sus recomendaciones.

El Protocolo Opcional de la CEDAW, aprobado gracias a un lobby vigoroso realizado por organizaciones de mujeres durante varios meses, es otra herramienta de gran utilidad. Pues provee el espacio necesario para hacer denuncias de actos discriminatorios y abusivos que experimentan las mujeres en distintas etapas de su vida, denuncias que pueden ser presentadas por las mujeres a título individual o por organizaciones que las representan. Posteriormente a la CEDAW surgieron otros textos también específicamente referidos a la condición de la mujer.

Hoy, entre los instrumentos jurídicos más utilizados para denunciar la violencia y discriminación en base al género, se encuentran:

  • La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, CEDAW. Y el Protocolo Opcional de la CEDAW.
  • La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, “Convención de Belem do Pará”.
  • La Declaración Universal de los Derechos Humanos.
  • El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, NU.
  • El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, NU.
  • La Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, NU.
  • La Declaración 48/104 de la Asamblea General de Naciones Unidas sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer.

También los programas y plataformas de acción de la Conferencia Mundial de Derechos Humanos de Viena (1993), de la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo de El Cairo (1994), y de la Cuarta Conferencia Mundial de la Mujer de Beijing (1995), constituyen recursos útiles para desafiar situaciones que impliquen violencia y discriminación contra las mujeres.

Por otra parte, son cada vez más los países que cuentan con legislaciones nacionales contra la violencia hacia las mujeres, y aunque no todos los textos contienen el necesario enfoque de género y la amplitud suficiente como para abarcar las situaciones específicas que enfrentan las víctimas de violencia, es un paso que debe ir perfeccionándose a través de las propuestas de organizaciones de la sociedad civil con experiencia en esta temática.

¿Qué demandamos las mujeres, en este contexto adverso, para que nuestro derecho a la salud integral sea plenamente respetado, y para que los derechos sexuales y reproductivos puedan ejercerse en libertad y dignidad?

  • Acceso universal, en todas las etapas de vida, a la información y servicios de atención de la salud gratuitos o de bajo costo y de óptima calidad, para gozar de salud integral y de bien-estar,
  • Derecho a que nuestra diversidad sea reconocida y respetada en el diseño e implementación de esos servicios,
  • Derecho a ejercer una salud sexual y reproductiva sana, libres de violencias y coerción,
  • Derecho a conocer y respetar nuestro cuerpo,
  • Derecho a ejercer una sexualidad sin riesgos ni consecuencias indeseables o inoportunas,
  • Derecho a relacionarnos sexualmente con quien deseemos sin ser presionadas ni violentadas, en el momento que elijamos,
  • Derecho a buscar y sentir el placer sin culpas
  • Derecho a no tener sexo… y a tenerlo cuantas veces queramos
  • Derecho a decidir el número de hijos e hijas que queremos tener, cuándo tenerlos, o bien a no tenerlos,
  • Derecho a estar bien informadas para regular nuestra fecundidad con métodos eficaces, seguros y asequibles, o que nuestra pareja los utilice,
  • Derecho a recibir una atención de salud de la más alta calidad en el embarazo, parto y en todos los otros momentos de nuestra vida sexual y reproductiva,
  • Derecho a compartir las responsabilidades de la sexualidad y la reproducción con la pareja,
  • Derecho a protegernos de infecciones de transmisión sexual, incluido el VIH/SIDA, en especial cuando se trata de mujeres adolescentes y niñas,
  • Derecho a una participación igualitaria de las mujeres en las instancias de decisión del área de la salud, para que nuestras demandas reales y urgentes tomen preeminencia.